Como anunciar tu inmueble en Internet
Cuando quieres permutar, vender o alquilar tu piso intenta publicarlo en el máximo de portales de anuncios gratuitos posibles, contra mayor presencia más posibilidades de encontrar usuarios interesados. Para facilitar la tarea de introducción de datos en los distintos portales, es una buena idea, escribir en un documento los textos, para cuando se rellenan los formularios copiar y pegar. De esta forma ahorramos tiempo y evitamos errores u omisiones por las prisas. Es aconsejable también, dentro de las posibilidades de cada uno, crear una cuenta de correo para anunciar el inmueble. Así una vez finalizada la permuta, venta, alquiler... la cuenta de correo puede ser eliminada. Algunos portales de Internet, utilizan los e-mail recopilados para luego llenarlos de correo basura.
Es muy importante leer las condiciones de uso del portal o página, y evitar anunciarse en lugares donde las condiciones de uso son tan extensas que se hacen ilegibles. Intenta no aprobar ninguna condición de uso sin antes leerla. Muchas veces lo hacemos y así nos va.
Un tema muy importante es la inclusión de fotografías en el anuncio. Las fotos aumentan las visitas al mismo, ayudan al usuario a hacerse una idea objetiva de la finca y te libran de visitas inútiles. Al tomar las fotografías procura hacerlo en horas de mayor luminosidad y con todas las fuentes de luz posibles. Ordena un poco el piso, por lo menos lo que vayas a fotografiar, la primera impresión es muy importante.
Con respecto a los textos deben de ser cortos, claros y descriptivos, contra más objetivos seamos, más productivos serán los contactos. Huye de los textos promocionales, ya que los usuarios los rechazan.
Consultar al notario
El notario puede ayudarle en todas las cuestiones que van a desembocar finalmente en un documento notarial. Esa ayuda es anterior, simultánea y posterior, y también amplia y barata, porque no se cobra. Si Vd. acude a una notaría y expresa su intención de hacer la escritura de un piso que ha comprado o vendido, o cualquier cosa de tipo jurídico relacionada con la contratación privada civil o mercantil, el notario va a estudiar su caso y le va a aconsejar sobre la forma más conveniente de tratarlo, indicándole las ventajas e inconvenientes de cada opción, así como su coste, incluyendo el de los impuestos que, en su caso, va a tener que pagar.
Si Vd., a la vista de esa información, decide que por el momento no le conviene, o no quiere, hacer lo que proyectaba, el notario no le cobrará por esa consulta. Si, debidamente informado, prefiere llevar a cabo lo que tenía pensado, el notario redactará el documento en la forma apropiada y ajustándolo a la legislación vigente. Lo autorizará con todas las formalidades necesarias, y le entregará una copia auténtica para que le sirva de título indiscutible en cualquier sitio que lo presente. Y, entonces sí, le cobrará sus honorarios, que no serán, ni más ni menos, que los que tiene establecido el Gobierno mediante un Real Decreto que aprueba el arancel notarial. El importe será el mismo tanto si ha habido consulta previa, como si ha acudido al despacho suficientemente informado y no ha necesitado ningún tipo de asesoramiento, que, como se decía al principio, es gratis, y además el notario informa con absoluta imparcialidad, velando por que todos los que firmen una escritura conozcan su contenido y consecuencias.
Más información: notariado.org
Comprobaciones básicas antes de permutar
Si estas interesado en alguna vivienda deberías comprobar, la situación de la finca, para ello deberías realizar distintas consultas. Lo primero sería dirigirnos al Registro de la Propiedad, allí comprobaremos, si la vivienda que queremos adquirir está a nombre de quien nos la permuta. La ubicación, superficie y características de la misma. La cuota que le corresponde en el inmueble. Así como las cargas, si las hubiere, que limitan el derecho de uso o dominio.
También se debe comprobar si el vendedor está al corriente en el pago de las cuotas de comunidad y del Impuesto Sobre Bienes Inmuebles, así como si las instalaciones de la vivienda están en perfectas condiciones o, por el contrario, están deterioradas. Para ello es conveniente dirigirse al administrador de la finca, consultar con él, e, incluso solicitarle un certificado de que está al corriente de los pagos.
En caso de que el inmueble esté gravado con una hipoteca se puede optar entre la cancelación de la misma por el transmisor o hacerse cargo de ella, subrogándose en la misma. Para esto último se deberían conocer todos los términos en que fue contratada. Lógicamente el permutante deberá poner a disposición del permutuario el contrato de hipoteca suscrito con la entidad bancaria para poder estudiarlo. Pueden, o no, existir impedimentos o condiciones para la subrogación. También hablar con los gestores del banco, especialmente si lo que se pretende es subrogarse en la hipoteca.
No estaría de más darse una vuelta por la finca, hablar con los vecinos, portero, trabajadores de los establecimientos comerciales de alrededor, para llegar a conocer cuestiones referentes a la salubridad, comodidad, ruidos, clase de vecindario, peligrosidad, etc... Y otra por el ayuntamiento para conocer si existe algún proyecto de actuación en la zona con algún tipo de infraestructura o similar que pudiera deteriorar su tranquilidad y carácter residencial.
Desde este enlace puedes realizar consultas al Registro de la Propiedad a través de su web: https://www.registradores.org/registroVirtual/init.do
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